Indulgencia plenaria en el Jubileo 2025

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La indulgencia, don inestimable de la misericordia divina, es uno de los “signos” peculiares durante el año de Jubileo 2025.

Antes de comenzar a hablar de la indulgencia plenaria tomate unos segundos para pensar en las peores cosas que has hecho en tu vida, tus más grandes pecados.

¿Los recuerdas?¿No te parecería genial poder volver al pasado y simplemente no haber hecho eso? Como cuando estás trabajando en el computador y simplemente das Ctrl+Z, o cuando en un video juego regresas al último checkpoint.

¿Qué es la indulgencia plenaria?

Imagina que tu alma es una tabla, y cuando pecas es como si agarraras puntillas y se las clavaras. Cuando te confiesas estas puntillas salen, pero lamentablemente los huecos que dejaron en la tabla permanecen. La indulgencia plenaria se encarga de quitar esos huecos de la tabla y dejarla como nueva.

Otra imagen que puede ayudar es la de unos niños jugando a la pelota en el parque. Uno de ellos, patea con fuerza y rompe la ventana de una casa (este sería el pecado). Avergonzado va a donde el dueño de esta y le pide perdón (esta sería la confesión), el vecino amablemente lo perdona sin embargo aún hace falta que el niño pague por la ventana rota, como él no tiene dinero se dirige a donde sus padres y les pide para pagarle al vecino, ellos sacan lo necesario y pagan su deuda (nota que en este ejemplo los padres son la Iglesia).

En un lenguaje más técnico, el Código de derecho canónico (c. 992) y el Catecismo de la Iglesia católica (n. 1471), definen así la indulgencia:

“La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos”.

¿Si leíste bien esa última parte? “la Iglesia (…) como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos”. Esto quiere decir que el Espíritu Santo, a través de Su Iglesia, nos da constantemente herramientas para alcanzar el Cielo.

En la bula de convocación del Jubileo Ordinario del 2025, el Santo Padre, llama a todos los cristianos a hacerse peregrinos de esperanza. Esta es una virtud que hay que redescubrir en los signos de los tiempos, los cuales, encerrando “el anhelo del corazón humano, necesitado de la presencia salvífica de Dios, requieren ser transformados en signos de esperanza” (Spes non confundit, 7), que deberá provenir sobretodo de la gracia de Dios y de la plenitud de su misericordia.

Ya en la bula de convocación del Jubileo Extraordinario de la Misericordia del 2015, el Papa Francisco subrayó cuánto adquiría la Indulgencia en ese contexto “una relevancia particular” (Misericordiae Vultus, 22), pues la misericordia de Dios “se transforma en indulgencia del Padre que a través de la Esposa de Cristo alcanza al pecador perdonado y lo libera de todo residuo, consecuencia del pecado” (ibid.). 

Análogamente hoy el Santo Padre declara que el don de la Indulgencia “permite descubrir cuán ilimitada es la misericordia de Dios. No sin razón en la antigüedad el término «misericordia» era intercambiable con el de «indulgencia», precisamente porque pretende expresar la plenitud del perdón de Dios que no conoce límites” (Spes non confundit, 23). La Indulgencia es entonces, una gracia jubilar.

Por este motivo, también con ocasión del Jubileo Ordinario del 2025, por voluntad del Sumo Pontífice, este “Tribunal de Misericordia”, a quien corresponde disponer todo lo que concierne a la concesión y al uso de la Indulgencia, pretende motivar los ánimos de los fieles para desear y alimentar el pío deseo de obtener la Indulgencia como don de gracia, propio y peculiar de cada Año Santo y establece las siguientes prescripciones, para que los fieles puedan usufructuar de las “disposiciones para poder obtener y hacer efectiva la práctica de la indulgencia jubilar” (Spes non confundit, 23).



Jubileo 2025. Normas para obtener la indulgencia plenaria

Durante el Jubileo Ordinario del 2025 permanece en vigor cualquier otra concesión de Indulgencia. Todos los fieles verdaderamente arrepentidos, excluyendo todo afecto al pecado (cfr. Enchiridion Indulgentiarum, IV ed., norm. 20, § 1) y movidos por espíritu de caridad y que, en el curso del Año Santo, purificados a través del sacramento de la penitencia y alimentados por la Santa Comunión, oren por las intenciones del Sumo Pontífice, podrán conseguir del tesoro de la Iglesia, plenísima Indulgencia, remisión y perdón de sus pecados, pudiéndose aplicar a las almas del Purgatorio en forma de sufragio:

En las sagradas peregrinaciones

Los fieles, peregrinos de esperanza, podrán conseguir la Indulgencia Jubilar concedida por el Santo Padre si emprenderán una pía peregrinación:

Hacia cualquier lugar sagrado jubilar: participando devotamente en la Santa Misa (siempre que lo permitan las normas litúrgicas se podrá utilizar especialmente la Misa propia por el Jubileo o bien, la Misa votiva: para la reconciliación, por el perdón de los pecados, para pedir la caridad y para fomentar la concordia); en una Misa ritual para conferir los sacramentos de iniciación cristiana o la Unción de los enfermos; en la celebración de la Palabra de Dios; en la Liturgia de las Horas (oficio de lecturas, laudes, vísperas); en el Via Crucis; en el Rosario mariano; en el himno del Akathistos; en una celebración penitencial, que concluya con las confesión individual de los penitentes, como está establecido en el rito de la Penitencia (forma II); en Roma: en al menos una de las cuatro Basílicas Papales Mayores: de San Pedro en el Vaticano, del Santísimo Salvador en el Laterano, de Santa María la Mayor, de San Pablo Extramuros.


En Tierra Santa: en al menos una de las tres Basílicas: del Santo Sepulcro en Jerusalén, de la Natividad en Belén, de la Anunciación en Nazaret; en otras circunscripciones eclesiásticas: en la iglesia catedral u otras iglesias y lugares sagrados designados por el Ordinario del lugar. Los Obispos tendrán en cuenta las necesidades de los fieles, así como la oportunidad misma para mantener intacto el significado de la peregrinación con toda su fuerza simbólica, capaz de manifestar la necesidad apremiante de conversión y de reconciliación.

En Guatemala

La apertura del Año Jubilar 2025 se llevará a cabo en la Catedral Metropolitana de Ciudad de Guatemala el 29 de diciembre a las 11:00 horas. Durante el 2025 abran Santas Eucaristias, peregrinaciones y retiros para que puedas tener acceso a la indulgencia plenaria.

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